PENSION NO CONTRIBUTIVA PARA DIABETICOS.

11.07.2022
PENSION-NO-CONTRIBUTIVA-PARA-DIABETICOS
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Es una prestación no contributiva contemplada en la Ley 23.753 sancionada en el año 1989 y su modificatoria 26.194 del año 2013, es otorgada por la ANSES, se abona de manera mensual a aquellas personas que padecen DIABETES y son insulinodependientes.

Si bien es una prestación que abona la ANSES el tramite se solicita por ante el Ministerio de Desarrollo Social.

El titular solicitante deberá presentar DNI, CUIL y estudios médicos e informes que acrediten la condición de paciente diabético

El solicitante deberá cumplir ciertos requisitos a fin de poder acceder a esta prestación, ellos son: no podrá registrar ingresos de ningún tipo, tampoco podrá tener bienes registrados a su nombre. Respecto a sus familiares también deberán cumplir con este requisito, es decir, ni la conyugue, conviviente y familiares que tengan la obligación de prestarle asistencia alimentaria deberán registrar bienes a su nombre ni ingresos de ningún tipo.

El titular solicitante de esta prestación debe ser argentino nativo o naturalizado con una residencia mínima de 5 años en el país. Los extranjeros también podrán solicitar esta prestación pero deberán acreditar una residencia mínima y continua en el país de 40 años.

Una vez otorgada la pensión no contributiva para diabéticos, el titular gozara de la cobertura médica que brinda el Programa Federal Incluir Salud, lo que antes se denominaba PROFE.

La cobertura de los medicamentos y reactivos de autocontrol, dice la ley, será del cien por ciento.

Hay que tener en cuenta que la afiliación no es automática sino que requiere que el titular o su representante legal realice de manera voluntaria la afiliación.

Por último, es importante destacar que el padecimiento de esta enfermedad en ningún caso importara un impedimento para el ingreso laboral, ya sea en el ámbito público o privado y agrega que el desconocimiento de este derecho será considerado un acto discriminatorio.